Corte elimina requisito de cinco años en pensiones del ISSSTE

La Suprema Corte eliminó el requisito de cinco años de convivencia para acreditar concubinato en pensiones del ISSSTE, decisión que generó debate por su impacto social.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación eliminó el requisito de cinco años de convivencia para acreditar el concubinato en pensiones y servicios de salud del ISSSTE, al considerar una evolución en los modelos de familia, decisión aprobada por seis ministros.
En un debate en el Pleno, la SCJN resolvió eliminar el requisito de cinco años de convivencia mínima que exigía la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) para reconocer el concubinato como vía de acceso a pensiones y atención médica.
La decisión fue aprobada por seis ministros, con los votos en contra de las ministras Lenia Batres Guadarrama y María Estela Ríos González, quienes advirtieron posibles consecuencias financieras. La mayoría consideró que el criterio respondía a una concepción de familia que ya no corresponde a la realidad social actual.
Evolución del concepto de familia
Durante la sesión, el ministro Irving Espinosa señaló que la noción de familia ha cambiado con el tiempo. Subrayó que hoy existen nuevos modelos familiares que deben ser reconocidos por el marco jurídico para garantizar derechos de seguridad social, especialmente ante riesgos como enfermedades, vejez o discapacidad.
El ministro explicó que la resolución busca proteger a personas que viven en situaciones de facto, permitiéndoles acceder a prestaciones del ISSSTE sin imponer un plazo uniforme de convivencia, el cual varía entre entidades del país.
Detalló que estados como Jalisco, Querétaro, Durango y Chiapas establecen tres años para acreditar concubinato; Ciudad de México, Zacatecas, Aguascalientes y Tamaulipas, dos años; mientras que Estado de México y Tabasco consideran suficiente un año.
Advertencia por impacto presupuestal
En contraste, la ministra Lenia Batres Guadarrama advirtió que eliminar cualquier parámetro temporal podría representar un riesgo presupuestal para el sistema de pensiones del ISSSTE. Argumentó que la falta de un requisito objetivo permitiría que más personas reclamaran este derecho, dificultando una previsión razonable de las cargas pensionarias futuras.
Añadió que desconocer un criterio de temporalidad impacta directamente en los recursos públicos destinados a la seguridad social, lo que, a su juicio, podría comprometer la sostenibilidad financiera del sistema.
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